Asignaciones Familiares
A partir del 1º de septiembre de 2012 se instrumenta un nuevo régimen de asignaciones familiares establecido en el Decreto Nº 1460/12. Se establece como fecha límite el día 31 de marzo de cada año, para la presentación obligatoria de la Declaración Jurada, la Declaración Jurada Complementaria del Ingreso del Grupo Familiar y la documentación respaldatoria. La no presentación de la Declaración Jurada en tiempo y forma, implicará el no cobro de la asignación familiar hasta tanto se regularice la situación.
El trámite puede realizarse tanto en forma presencial en sede Central y delegaciones, o en forma remota a través de la pestaña de "Comenzar Trámite a Distancia".
Las asignaciones familiares que se pueden percibir, son las siguientes:
ESPOSA/O
Reconocidas por las leyes argentinas. En caso de divorcio vincular o separación de hecho o legal, el derecho a percibir asignación familiar por cónyuge se mantendrá para él o la agente obligado a pasar alimentos. Cesará el derecho a percibir asignación por este concepto, si cesare la obligación alimentaria.
REQUISITOS
- Declaración jurada, firmada y certificada por autoridad de la Caja de Policía o Delegados de la Caja o Delegados de Servicios Sociales de Policía o Juez de Paz o Registro Público de Comercio.
- Acta de matrimonio actualizada.
- Constancia de CUIL y/o CUIT del solicitante y de las personas declaradas.
- Copia simple DNI del solicitante y de las personas declaradas.
- Certificación Negativa de ANSES del Titular y Cónyuge.
HIJO Y/O MENOR A CARGO
La asignación por hijo y/o menor a cargo del beneficiario se abonará mensualmente por cada hijo menor de dieciocho (18) años que se encuentre a su cargo.
REQUISITOS
- Declaración Jurada firmada y certificada por autoridad de la Caja de Policía o Delegados de la Caja o Delegados de Servicios Sociales de Policía o Juez de Paz o Registro Público de Comercio.
- Certificado de Nacimiento.
- Tenencia o guarda (ante Juez de Familia) expedida por autoridad judicial.
- Constancia CUIL y/o CUIT del solicitante y de las personas declaradas.
- Copia simple DNI del solicitante y de las personas declaradas.
- Certificación Negativa de ANSES del Titular y otro progenitor.
HIJO DISMINUIDO FÍSICO Y/O PSÍQUICO
La asignación por hijo con incapacidad corresponderá mensualmente por cada uno de los hijos a cargo del agente sin limitación alguna con respecto a la edad de los mismos. Se abonará a partir del mes en que se acredite tal condición. La discapacidad queda definida en el artículo 2º de la Ley Nº 10.592: discapacitados viscerales, mentales, neuro-locomotores, sensoriales auditivos y visuales. Para percibir dicha asignación se deberá presentar nota, acompañada de partida de nacimiento y certificado de discapacidad expedido por Hospital Público. Se dará traslado a la Dirección de Reconocimientos Médicos de la Provincia de Buenos Aires, organismo que dictaminará en forma expresa sobre la viabilidad de cada presentación. Acreditada de tal forma la discapacidad, se comenzará a integrar la asignación en los haberes del beneficiario.
REQUISITOS
- Declaración jurada firmada de Asignaciones Familiares certificada por autoridad de la Caja de Policía o Delegados de la Caja o Delegados de Servicios Sociales de Policía o Juez de Paz o Registro Público de Comercio.
- Certificado de Nacimiento.
- Certificado Único de Discapacidad (CUD). (Ingrese aquí para ver donde lo puede gestionar)
- Constancia CUIL y/o CUIT del solicitante.
- Informe ANSES e Instituto de Previsión Social de esta Provincia, en el que se consigne si es o no titular de beneficio o aportante a dichos sistemas.
- Copia simple DNI del solicitante y de las personas declaradas.
- Certificación Negativa de ANSES del Titular, otro progenitor e hijo incapacitado.
Todos los trámites administrativos previsionales y certificaciones que se realizan ante la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y sus Delegaciones, son GRATUITOS.
Nuevos montos de Asignaciones Familiares a partir del 1º de octubre 2024
Asignaciones familiares para los beneficiarios del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires y de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía.
- La percepción de un ingreso bruto superior a $ 1.152.628 por uno de los integrantes del grupo familiar, excluye a dicho grupo, del cobro de las asignaciones familiares.
- La percepción de un ingreso bruto superior a $ 1.189.808 del grupo familiar, excluye a dicho grupo, del cobro de las asignaciones familiares.
El agente que efectúe deducción especial por cargas de familia correspondiente a hijo o cónyuge de conformidad con lo establecido en la Ley de Impuesto a las Ganancias, Texto Ordenado en 2019, no podrá percibir las asignaciones familiares por hijo, hijo con discapacidad o cónyuge que se regular en el presente instructivo.
PRESTACIÓN desde el 1º de octubre de 2024 |
MONTO |
Asignación por Hijo |
|
Ingreso del grupo familiar hasta $ 548.706,00 | $ 35.000 |
Ingreso del grupo familiar entre $ 548.706,01 y $ 804.816,00 | $ 24.000 |
Ingreso del grupo familiar entre $ 804.816,01 y $ 929.176,00 | $ 14.500 |
Ingreso del grupo familiar entre $ 929.176,01 y $ 2.305.236,00 | $ 7.400 |
Asignación por Hijo con Discapacidad |
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Ingreso del grupo familiar hasta $ 548.706,00 | $ 114.140 |
Ingreso del grupo familiar entre $ 548.706,01 y $ 804.816,00 | $ 82.233 |
Ingreso del grupo familiar superior a $ 804.816,01 | $ 52.021 |
Asignación por Ayuda Escolar Anual |
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Ingreso del grupo familiar hasta $ 2.305236,00 | $ 51.240 |
Asignación por Ayuda Escolar Anual para hijo con discapacidad |
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Sin tope de ingreso del grupo familiar | $102.480 |
Asignación por Cónyuge |
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Ingreso del grupo familiar hasta $ 2.305.236,00 | $ 9.691 |
Ahora
Comenzar Trámite
PASO 1
Completar Formulario de Solicitud de Salario Familiar
- Autoguiado: genera un archivo PDF
- Manual: PDF para imprimir y completarlo manualmente
PASO 1
PASO 2
Enviar Formulario Firmado y Documentación Respaldatoria
PASO 3
Liquidación
PASO 3