Certificado Único de Discapacidad (CUD)

El CUD es un documento público de validez nacional que permite acceder a los derechos estipulados en las leyes nacionales 22.431 y 24.901. El mismo es realizado por una junta evaluadora interdisciplinaria que certifica la discapacidad de la persona. El trámite es gratuito y voluntario.

Es un documento inviolable e intransferible impreso en papel moneda que cuenta con número único, código de barras y logo institucional.

¿Para qué sirve? Habilita la tramitación/acceso a:

  • Salud: Cobertura del 100% en las prestaciones que requiera en relación a su discapacidad, incluyendo medicamentos, equipamiento, tratamientos y rehabilitación.
  • Transporte: Traslados gratuitos en el transporte público, eximición de pago de peajes y libre estacionamiento, en los lugares permitidos, independientemente del vehículo en el que te traslades.
  • Asignaciones familiares: Ayuda escolar anual por hijo con discapacidad, asignación familiar por hijo con discapacidad, asignación por cónyuge con discapacidad.
  • Otros Trámites: Eximición de impuestos (municipales, patentes, entre otros)

¿Cómo obtenerlo?

  • Conocé qué llevar y a dónde ir para que te asignen un turno respondiendo las preguntas de la consulta personalizada
  • Reuní la documentación requerida con el equipo de salud que te trata (certificados médicos, informes, planillas, estudios complementarios).
  • Presentate en el lugar que corresponde según tu domicilio con la documentación y solicitá el turno para la evaluación.
  • Asistí a la Junta Evaluadora el día asignado.
  • En caso de corresponder, retirá el certificado en esa Junta Evaluadora cuando te lo indiquen.

¿Donde tramitarlo?

CUD - PROVINCIA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Calle 51 N° 1120 / 1900 La Plata - Buenos Aires, Argentina

Tel: 0221-429-2700 int. 82926

Aclaración: 2da Instancia significa que es una Junta Evaluadora de Reconsideración, para todos aquellos casos de personas que se le ha denegado el CUD en su jurisdicción, esta Junta Evaluadora los reevalúa, según procedimiento administrativo provincial de la jurisdicción que opera.

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