Impuesto a los Bienes Personales

Sr. Beneficiario:

Le comunicamos que conforme lo resuelto en la R.G. 1261, es su obligacion informar a la AFIP, el detalle de sus bienes personales al 31 de diciembre de 2006. A tales fines podrá utilizar el programa aplicativo inificado denominado: "GANANCIAS PERSONALES FISICAS-BIENES PERSONALES-VERSION 8.0", el cual puede obtenerse ingresando al sitio web de la AFIP.

www.afip.gov.ar

La obligación de información que dispone la AFIP deberá cumplirse hasta el 16 de junio del corriente, mediante el procedimiento de transferencia electrónica de datos (Internet), en la pagina web arriba mencionada. Ante cualquier consulta dirigirse exclusivamente a la delegación de la AFIP más cercana a su domicilio.

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