Subsidio por Fallecimiento de Beneficiario para Gastos de Sepelio (Ley 9507/80)
Decreto Ley 9507/80
En caso de fallecimiento del beneficiario (Retiro o Jubilación) corresponde el pago por única vez de un subsidio especial a quien justificare haber abonado los gastos del sepelio del causante.
Éste será igual al monto del pago efectuado en tal concepto, hasta un máximo del 25% del subsidio por fallecimiento.
¿Quiénes pueden acceder a este subsidio?
Lo pueden solicitar otras personas que se hayan hecho cargo de los gastos de sepelio, cuando no existe cónyuge supérsite, hijos legítimos o los progenitores del beneficiario fallecido.
¿Qué documentación necesito para iniciar el trámite?
- Formulario de Solicitud del Subsidio
- Partida de defunción del causante
- Factura de la casa velatoria emitida a nombre de quien solicita el subsidio
- Documento Nacional de Identidad anverso y reverso del solicitante
- Constancia de CUIL y/o CUIT del solicitante
- Dirección de correo electrónico (e-mail)
- Constancia de CBU del/la solicitante (debe contener nombre completo y número de cuenta legible)
En caso de haber fallecido alguno de los herederos se deberá acompañar el correspondiente certificado de defunción.
PASO 1
Completar Solicitud de Subsidio por Fallecimiento de Beneficiario para Gastos de Sepelio
PASO 1
PASO 2
Enviar Documentación
PASO 3
La Caja lo citará por mail o teléfono a los fines asignarle día y hora para la presentación de la documentación original enviada
Recuerde de tener todos los originales de la documentación solicitada al momento de ser citado.
PASO 3