Subsidio por Fallecimiento de Cónyuge (Ley 9614/80)

Decreto Ley 9614/80

En caso de fallecimiento de cónyuge del beneficiario (Retiro o Jubilación) corresponde el pago de este subsidio por única vez. No pueden acceder a este beneficio concubinos/as.

¿Qué documentación necesito para iniciar el trámite?

  • Formulario de Solicitud de Subsidio
  • Partida de defunción de Cónyuge
  • Acta de Matrimonio actualizada a la fecha de la presentación
  • Documento Nacional de Identidad anverso y reverso del Solicitante
  • Constancia de CUIL del Solicitante y Cónyuge fallecido
  • Certificado de domicilio actualizado
  • Dirección de correo electrónico (e-mail)
En caso de no poder percibir el subsidio el solicitante, puede nombrar un apoderado mediante Poder Especial ante Escribano, especificando que dicho Poder lo habilita a percibir el subsidio correspondiente.

PASO 1

Completar Solicitud de Subsidio por Fallecimiento de Cónyuge

Completar el formulario web haciendo click en botón correspondiente al trámite aquí debajo:

PASO 1

PASO 2

Enviar Documentación

Completar el formulario web con la documentación requerida haciendo click en botón correspondiente al trámite aquí debajo:

PASO 3

La Caja lo citará por mail o teléfono a los fines asignarle día y hora para la presentación de la documentación original enviada

Recuerde de tener todos los originales de la documentación solicitada al momento de ser citado.

PASO 3

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