Subsidio por Fallecimiento de Cónyuge (Ley 9614/80)
Decreto Ley 9614/80
En caso de fallecimiento de cónyuge del beneficiario (Retiro o Jubilación) corresponde el pago de este subsidio por única vez. No pueden acceder a este beneficio concubinos/as.
¿Qué documentación necesito para iniciar el trámite?
- Formulario de Solicitud de Subsidio
- Partida de defunción de Cónyuge
- Acta de Matrimonio actualizada a la fecha de la presentación
- Documento Nacional de Identidad anverso y reverso del Solicitante
- Constancia de CUIL del Solicitante y Cónyuge fallecido
- Certificado de domicilio actualizado
- Dirección de correo electrónico (e-mail)
En caso de no poder percibir el subsidio el solicitante, puede nombrar un apoderado mediante Poder Especial ante Escribano, especificando que dicho Poder lo habilita a percibir el subsidio correspondiente.
PASO 1
Completar Solicitud de Subsidio por Fallecimiento de Cónyuge
Completar el formulario web haciendo click en botón correspondiente al trámite aquí debajo:
PASO 1
PASO 2
Enviar Documentación
Completar el formulario web con la documentación requerida haciendo click en botón correspondiente al trámite aquí debajo:
PASO 3
La Caja lo citará por mail o teléfono a los fines asignarle día y hora para la presentación de la documentación original enviada
Recuerde de tener todos los originales de la documentación solicitada al momento de ser citado.
PASO 3