Asignaciones Familiares

A partir del 1º de septiembre de 2012 se instrumenta un nuevo régimen de asignaciones familiares establecido en el Decreto Nº 1460/12. Se establece como fecha límite el día 31 de marzo de cada año, para la presentación obligatoria de la Declaración Jurada, la Declaración Jurada Complementaria del Ingreso del Grupo Familiar y la documentación respaldatoria. La no presentación de la Declaración Jurada en tiempo y forma, implicará el no cobro de la asignación familiar hasta tanto se regularice la situación.

El trámite puede realizarse tanto en forma presencial en sede Central y delegaciones, o en forma remota a través de la pestaña de "Comenzar Trámite a Distancia".

Las asignaciones familiares que se pueden percibir, son las siguientes:

ESPOSA/O

Reconocidas por las leyes argentinas. En caso de divorcio vincular o separación de hecho o legal, el derecho a percibir asignación familiar por cónyuge se mantendrá para él o la agente obligado a pasar alimentos. Cesará el derecho a percibir asignación por este concepto, si cesare la obligación alimentaria.

REQUISITOS

  • Declaración jurada, firmada y certificada por autoridad de la Caja de Policía o Delegados de la Caja o Delegados de Servicios Sociales de Policía o Juez de Paz o Registro Público de Comercio.
  • Acta de matrimonio actualizada.
  • Constancia de CUIL y/o CUIT del solicitante y de las personas declaradas.
  • Copia simple DNI del solicitante y de las personas declaradas.
  • Certificación Negativa de ANSES del Titular y Cónyuge.

HIJO Y/O MENOR A CARGO

La asignación por hijo y/o menor a cargo del beneficiario se abonará mensualmente por cada hijo menor de dieciocho (18) años que se encuentre a su cargo.

REQUISITOS

  • Declaración Jurada firmada y certificada por autoridad de la Caja de Policía o Delegados de la Caja o Delegados de Servicios Sociales de Policía o Juez de Paz o Registro Público de Comercio.
  • Certificado de Nacimiento.
  • Tenencia o guarda (ante Juez de Familia) expedida por autoridad judicial.
  • Constancia CUIL y/o CUIT del solicitante y de las personas declaradas.
  • Copia simple DNI del solicitante y de las personas declaradas.
  • Certificación Negativa de ANSES del Titular y otro progenitor.

HIJO DISMINUIDO FÍSICO Y/O PSÍQUICO

La asignación por hijo con incapacidad corresponderá mensualmente por cada uno de los hijos a cargo del agente sin limitación alguna con respecto a la edad de los mismos. Se abonará a partir del mes en que se acredite tal condición. La discapacidad queda definida en el artículo 2º de la Ley Nº 10.592: discapacitados viscerales, mentales, neuro-locomotores, sensoriales auditivos y visuales. Para percibir dicha asignación se deberá presentar nota, acompañada de partida de nacimiento y certificado de discapacidad expedido por Hospital Público. Se dará traslado a la Dirección de Reconocimientos Médicos de la Provincia de Buenos Aires, organismo que dictaminará en forma expresa sobre la viabilidad de cada presentación. Acreditada de tal forma la discapacidad, se comenzará a integrar la asignación en los haberes del beneficiario.

REQUISITOS

  • Declaración jurada firmada de Asignaciones Familiares certificada por autoridad de la Caja de Policía o Delegados de la Caja o Delegados de Servicios Sociales de Policía o Juez de Paz o Registro Público de Comercio.
  • Certificado de Nacimiento.
  • Certificado Único de Discapacidad (CUD). (Ingrese aquí para ver donde lo puede gestionar)
  • Constancia CUIL y/o CUIT del solicitante.
  • Informe ANSES e Instituto de Previsión Social de esta Provincia, en el que se consigne si es o no titular de beneficio o aportante a dichos sistemas.
  • Copia simple DNI del solicitante y de las personas declaradas.
  • Certificación Negativa de ANSES del Titular, otro progenitor e hijo incapacitado.

Todos los trámites administrativos previsionales y certificaciones que se realizan ante la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y sus Delegaciones, son GRATUITOS.

Nuevos montos de Asignaciones Familiares a partir del 1º de marzo 2024

Asignaciones familiares para los beneficiarios del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires y de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía.

  • La percepción de un ingreso bruto superior a $ 827.815 por uno de los integrantes del grupo familiar, excluye a dicho grupo, del cobro de las asignaciones familiares.
  • La percepción de un ingreso bruto superior a $ 1.655.630 del grupo familiar, excluye a dicho grupo, del cobro de las asignaciones familiares.

El agente que efectúe deducción especial por cargas de familia correspondiente a hijo o cónyuge de conformidad con lo establecido en la Ley de Impuesto a las Ganancias, Texto Ordenado en 2019, no podrá percibir las asignaciones familiares por hijo, hijo con discapacidad o cónyuge que se regulan en el presente instructivo.

PRESTACIÓN desde el 1º de marzo de 2024

MONTO

Asignación por Hijo

Ingreso del grupo familiar hasta $ 394.083,00 $ 25.200
Ingreso del grupo familiar entre $ 394.083,01 y $ 578.022,00 $ 14.746
Ingreso del grupo familiar entre $ 578.022,01 y $ 667.338,00 $  8.879
Ingreso del grupo familiar entre $ 667.338,01 y $ 1.655.630,00 $  4.547

Asignación por Hijo con Discapacidad

Ingreso del grupo familiar hasta $ 394.083,00 $ 82.181
Ingreso del grupo familiar entre $ 394.083,01 y $ 578.022,00 $ 50.524
Ingreso del grupo familiar superior a $ 578.022,01 $ 31.855

Asignación por Ayuda Escolar Anual

Ingreso del grupo familiar hasta $ 1.655.630,00 $ 32.000

Asignación por Ayuda Escolar Anual para hijo con discapacidad

Sin tope $ 64.000

Asignación por Cónyuge

Ingreso del grupo familiar hasta $ 1.655.630,00 $  6.052
Comenzar Trámite a Distancia

Ahora
Comenzar Trámite

Para iniciar el trámite debe volver arriba, seleccionar la pestaña de "Comenzar Trámite a Distancia" y siga los pasos que allí están detallados.

PASO 1

Completar Formulario de Solicitud de Salario Familiar

Declaración Jurada Complementaria del Ingreso del Grupo Familiar
  • Autoguiado: genera un archivo PDF
  • Digital: PDF editable digitalmente
  • Manual: PDF para imprimir y completarlo manualmente

PASO 1

PASO 2

Enviar Formulario Firmado y Documentación Respaldatoria

Completar el formulario web con la documentación requerida haciendo click en botón correspondiente al trámite aquí debajo:

PASO 3

Liquidación

La Caja liquidará el monto de salario familiar correspondiente mensualmente en base a los datos aportados en la Declaración Jurada Complementaria del Ingreso del Grupo Familiar y la documentación respaldatoria.

PASO 3

Ioma logo

Servicios Sociales logo

Banco Provincia Logo

CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICÍAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
CALLE 48 Nº 502 - LA PLATA (C.P. 1900) | PROVINCIA DE BUENOS AIRES | LÍNEA ROTATIVA (0221) 424-0867

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