Se informa a nuestros beneficiarios el incremento en los tramos de remuneraciones desde el 1º de julio del año actual.
Se excluyen del cobro de las prestaciones por este régimen, con excepción de las asignaciones familiares por hijos con discapacidad, a los beneficios en cuyo grupo familiar (beneficiario/ay esposo/a – concubino/a) en su conjunto perciba ingresos superiores a $1.980.246 o si los ingresos de uno de los integrantes del grupo familiar superan los $990.123 (aún cuando en la totalidad de los ingresos del grupo familiar no alcanza el límite máximo). Se considera ingreso al haber nominal (haber sin descuentos).