La Caja informa a sus beneficiarios que el reintegro del Impuesto a las Ganancias del mes de septiembre producido por el cálculo del mismo a causa de los nuevos parámetros de liquidación establecidos por el Dto-620-2021, se procederá a reintegrar en dos cuotas debido a una restricción contable que establece la Provincia.
La primera cuota se abonará el día 8/11 del corriente junto, con la cuarta cuota, de cinco del reintegro del mismo impuesto producido por el Ley 27617 en un adicional a parte del recibo de haberes. Para aquellos beneficiarios que tuvieran devolución.
La Segunda cuota se abonará al mes siguiente junto con la quinta y última del reintegro de la Ley 27617.
Se recuerda que los recibos de haberes de estos adicionales como de los anteriores solo estarán disponibles atreves de nuestro portal Caja-Online.
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