En relación a la devolución por retención del impuesto a las ganancias, generada por la AFIP en el transcurso del año 2017. se hace saber que dicho organismo a puesto como fecha límite el día 31 de marzo para las presentaciones de las respectivas declaraciones juradas cumplido este plazo la Caja en fecha a confirmar comenzará a efectuar las devoluciones que correspondan en cada caso en particular.-

Se informa a los beneficiarios de este Organismo que con fecha 07/03/2018 bajo resolución nº RESOL-2018-273-GDEBA-MSGP en el uso de sus facultades el Ministro de Seguridad fijo en un 10% la reducción del haber jubilatorio de aquellos beneficiarios alcanzados por el Decreto DECTO-2018-129-GDEBA-GPBA, el cual prorrogo por 24 meses a partir del 01-01-2018, la Compatibilidad Limitada dispuesta por el Decreto 1292/13.

Asimismo, se informa que con los haberes del mes de Marzo/18 se procederá a modificar de Incompatibilidad Absoluta a Compatibilidad Limitada, a aquellos beneficiarios que son alcanzados por el Decreto, liquidándose con los haberes de mención el retroactivo correspondiente a los haberes de enero y febrero 2018.

También se recuerda que todo beneficiario que reingrese a la actividad, en el estado (Nacional, Provincial o Municipal), deberá denunciar esa situación ante este Organismo por escrito y dentro del plazo de treinta (30) días corridos, según lo establecido en los artículos 50 y 51 de la Ley n° 13.236. como así también en el caso de su cese en dicha actividad.–

resolucion prorroga compatibilidad limitadaRS-2018-02586028-GDEBA-MSGP

Quienes integramos el Directorio de la Caja de Retiros convencidos del trascendental rol que cumplen las mujeres en los distintos ámbitos, abogamos por la igualdad de género, deseándoles un muy Feliz día.

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