Subsidio por fallecimiento de beneficiario (Ley 9507)

En caso de fallecimiento del beneficiario (retiro o jubilación) corresponde el pago por única vez.

¿Quiénes pueden acceder a este subsidio?

Lo pueden solicitar sólo el cónyuge supérstite, siempre que no se encontrare divorciado o separado de hecho del causante. En caso de no existir cónyuge, lo pueden solicitar los siguientes:
  • Hijos
  • Progenitores

¿Qué documentación necesito para iniciar el trámite del cobro de Ley 9507?

Esposa/o

  • El Formulario de Solicitud del Subsidio
  • Partida de Defunción.
  • Acta de Matrimonio actualizada a la fecha de la petición.
  • Documento Nacional de Identidad (DNI/LC/LE) original y fotocopia de anverso y reverso certificada.
  • Certificado de domicilio actualizado a la fecha de petición.
  • Constancia de CUIL y/o CUIT.
  • Fotocopia último recibo de sueldo del afiliado.
  • Dirección de correo electrónico (e-mail).
  • Constancia de CBU del / la solicitante certificada por el Banco 

Hijos

  • El Formulario de Solicitud del Subsidio
  • Partida de Defunción del causante.
  • Partida de Defunción de esposo/a (en caso de que lo hubiese).
  • Certificado de divorcio o documentación respaldatoria de separado de hecho (en caso de que lo hubiese).
  • Certificado de Nacimiento actualizado de todos los solicitantes.
  • Documento Nacional de Identidad (DNI/LC/LE) original y fotocopia de anverso y reverso certificada de todos los solicitantes.
  • Constancia de CUIL y/o CUIT de cada uno de los solicitantes.
  • Fotocopia último recibo de sueldo del afiliado.
  • Dirección de correo electrónico (e-mail).
  • Contancia de CBU del solicitante certificada por el Banco.

Padres

  • El Formulario de Solicitud del Subsidio
  • Acta de Matrimonio actualizada de los solicitantes (si hubiese uno de ellos fallecido adjuntar certificado de defunción).
  • Partida de Defunción del beneficiario y su esposa/o.
  • Acta de Matrimonio actualizada del beneficiario.
  • Partida de Defunción de los hijos del causante.
  • Documento Nacional de Identidad (DNI/LC/LE) original y fotocopia de anverso y reverso certificada
  • Fotocopia último recibo de sueldo del afiliado.
  • Constancia de CUIL y/o CUIT de cada uno de los solicitantes.
  • Dirección de correo electrónico (e-mail).
  • Constancia del CBU del solicitante certificada por el Banco.
Presentación del formulario con firmas certificadas por funcionario a cargo de la Mesa de Entradas de este Organismo o encargada de Delegación de esta Caja o de Servicios Sociales.

En caso de no poder percibir el subsidio el solicitante, puede nombrar un apoderado mediante Poder Especial ante Escribano, especificando que dicho Poder lo habilita a percibir el subsidio correspondiente.

Otras personas con derecho a percibir subsidio

En caso de no existir ninguno de los beneficiarios enumerados en el artículo anterior, se abonará un subsidio especial a quien justificare haber abonado los gastos del sepelio del causante.

Este será igual al monto del pago efectuado en tal concepto, hasta un máximo del VEINTICINCO (25) POR CIENTO del subsidio por fallecimiento.
  • El Formulario de Solicitud del Subsidio
  • Partida de Defunción del causante.
  • Documento Nacional de Identidad (DNI/LC/LE) original y fotocopia de anverso y reverso certificada del solicitante.
  • Constancia de CUIL y/o CUIT de cada uno de los solicitantes.
  • Fotocopia último recibo de sueldo del afiliado.
  • Factura de pago original expedida por la casa de sepelios a nombre del solicitante.
  • Dirección de correo electrónico (e-mail).
  • Constancia de CBU del solicitante certificada por el Banco.
Presentación del formulario con firmas certificadas por funcionario a cargo de la Mesa de Entradas de este Organismo, encargada de Delegación de esta Caja o de Servicios Sociales. En caso de haber fallecido alguno de los herederos se deberá acompañar el correspondiente certificado de defunción.

Subsidio por fallecimiento de cónyuge (Ley 9614)

En caso de fallecimiento de cónyuge del beneficiario (retirado o jubilado) corresponde el pago de este subsidio por única vez. No pueden acceder a este beneficio concubinos/as.

¿Qué documentación necesito para iniciar el trámite del cobro de Ley 9614?

Consulte la Documentación a Presentar

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CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICÍAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
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