Más estadísticas en https://www.cajapolicia.gob.ar/institucional/estadisticas-previsionales
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SECCIÓN SALUD MENTAL
Psicoterapia con IOMA (Prestador no adherido): Disposición (hasta el mismo periodo y monto que el IOMA).
Psicoterapia sin IOMA (menores de 12 años): Disposición. Hasta 2 sesiones por semana a razón de pesos seiscientos ($ 600,00) cada una, con una renovación semestral, con un tiempo de cobertura de 24 meses y dos prórrogas de seis meses cada una. Finalización de cobertura.
Psicoterapia sin IOMA (mayores de 12 años) Disposición: Hasta 1 sesión por semana a razón de pesos seiscientos ($600,00) cada una con una renovación semestral, con un tiempo de cobertura de 24 meses y dos prórrogas de seis meses cada una. Finalización de cobertura.
Psicoterapia: Disposición. Hasta 2 sesiones por semana a razón de setecientos ($700,00) cada una, con un tiempo de cobertura semestral/anual, con una renovación de tiempo indeterminado para los afiliados con CUD.
Psiquiatría con IOMA (Prestador no adherido): Disposición ( hasta el mismo periodo y monto de el IOMA).
Psiquiatría sin IOMA: Disposición. Hasta 2 consultas por mes, a razón de pesos un mil ochenta ($1.080,00) cada una, con una renovación semestral, con un tiempo de cobertura de 24 meses y dos prórrogas de seis meses cada una. Finalización de cobertura.
Psicopedagogía con IOMA: Disposición hasta el mismo periodo y monto que el IOMA).
Psicopedagogía sin IOMA Disposición: Hasta 8 sesiones por mes a razón de pesos cuatrocientos cuarenta ($ 440,00) cada una, con una renovación semestral, con un tiempo de cobertura de 24 meses y dos prórrogas de seis meses cada una. Finalización de cobertura.
Psicopedagogía: Disposición. Hasta 2 sesiones por semana a razón de pesos setecientos ($ 700.00) cada una, con un tiempo de cobertura semestral/anual, con una renovación por tiempo indeterminado para afiliados con CUD.
Fonoaudiología con IOMA: Disposición, hasta el mismo periodo y monto que el IOMA.
Fonoaudiología Sin IOMA. Disposición: Hasta 10 sesiones por mes, a razón de pesos cuatrocientos cuarenta ($ 440,00) cada una.
Fonoaudiología: Disposición. Hasta 2 sesiones por semana, a razón pesos setecientos ($ 700,00) cada una, con un tiempo de cobertura semestral/anual, con una renovación por tiempo indeterminado para afiliados con CUD.
Terapia Ocupacional con IOMA: Disposición, hasta el mismo período y monto que el IOMA) para afiliados con CUD.
Terapia Ocupacional sin IOMA: Disposición. Hasta 2 sesiones por semana, a razón de pesos setecientos ($ 700,00) cada una, con un tiempo de cobertura semestral/anual, con una renovación por tiempo indeterminado para afiliados con CUD.
Traslados con cobertura del IOMA: Disposición. Hasta el mismo monto que el reconocido por el IOMA en transporte escolar, a centros terapéuticos y rehabilitación) (discapacidad y enfermedades crónicas).
Evaluación Neurocognitiva: Disposición por única vez (valor copago IOMA).
Escuela Especial Matricula: Disposición. Hasta la suma de pesos tres mil ($ 3.000,00), con un tiempo de cobertura anual. Renovación: escolaridad completa, para afiliados con CUD.
Escuela Común: Matrícula y cuotas mensuales de Marzo a Diciembre. Disposición: Hasta la suma de pesos tres mil ($ 3.000,00), con un tiempo de cobertura anual. Renovación: escolaridad completa, todos los niveles (jardín de infantes, primario y secundario) para afiliados con CUD.
Equinoterapia: Disposición. Hasta la suma de pesos dos mil ($ 2.000,00) por mes, con renovación semestral/anual, tiempo indeterminado para afiliados con CUD.
Musicoterapia: Disposición. Hasta la suma de pesos dos mil ($ 2.000,00) por mes, con renovación semestral/anual, tiempo indeterminado para afiliados con CUD.
Acompañante Terapéutico (Escuela-Domicilio): Disposición. Valor hora de prestación hasta la suma de pesos ciento cincuenta ($ 150,00) semestral/anual, tiempo indeterminado.
Tratamiento Rehabilitación en Adicciones: Hasta la suma de pesos veinticinco mil ($25.000,00) por mes.
Centro de Día: Se tramita por Disposición de acuerdo a valores IOMA (Res. 6500.2017).
DIRECCIÓN DE ODONTOLOGÍA.
Ortopedia: Hasta la suma de pesos cuarenta mil ($40.000,00).
Ortodoncia: Hasta la suma de cuarenta mil ($40.000,00).
Prótesis Completa: Hasta la suma de pesos veintiún mil ($21.000,00).
Prótesis Parcial Acrílico: Hasta la suma de pesos quince mil ($15.000,00).
Remonta: Hasta la suma de pesos cuatro mil ($ 4.000,00).
Cromo Cobalto: Hasta la suma de pesos veintiocho mil ($28.000,00).
Perno Muñón Simple: Hasta la suma de pesos tres mil ($3.000,00).
Perno Bola Attache o Pasante: Hasta la suma de pesos tres mil quinientos ($3.500,00).
Corona Veener: Hasta la suma de pesos diez mil ($10.000,00).
Corona Porcelana: Hasta la suma de pesos quince mil ($15.000,00).
Placa de Bruxismo: Hasta la suma de pesos cinco mil quinientos ($5.500,00).
Implantes: Hasta la suma de pesos veintidós mil ($22.000,00).
Barra Sobre Implantes: Hasta la suma de pesos ocho mil ($8.000,00).
Bola Attache Sobre Implantes: Hasta la suma de pesos siete mil ($7.000,00).
Corona Porcelana con Ucla Maquinado: Hasta la suma de pesos dieciocho mil ($18.000,00).
Corona Porcelana con Ucla Maquinado Angulado: Hasta la suma de pesos dieciocho mil ($18.000,00).
Corona Porcelana Sobre Ucla Calcinable: Hasta la suma de pesos dieciocho mil ($18.000,00).
Corona Zirconio/Monolitica: Hasta la suma de pesos dieciocho mil ($18.000,00).
Corona de Acero y Mantenedor: Hasta la suma de pesos ocho mil seiscientos ($ 8.600,00).
Corona Provisoria: Hasta la suma de pesos tres mil quinientos ($ 3.500,00).
Tramo de Puente: Hasta la suma de pesos tres mil ($3.000,00).
Inscrustación: Hasta la suma de pesos ocho mil quinientos ($8.500,00).
Agregado de menos de 4 piezas: Hasta la suma de pesos seis mil quinientos ($6.500,00).
Agregado de más de 4 piezas: Hasta la suma de pesos seis mil quinientos ($6.500,00).
Rebasado: Hasta la suma de pesos un mil quinientos ($1.500,00).
Prótesis Deflex (de una a tres piezas): Hasta la suma de pesos once mil ($11.000,00).
Prótesis Deflex (de más de cuatro piezas): Hasta la suma de pesos diecinueve mil ($19.000,00).
Blanqueamiento por maxilar: Hasta la suma de pesos seis mil cuatrocientos ($ 6.400,00).
Carilla de Porcelana: Hasta la suma de pesos trece mil ($13.000,00).
Contención Ortodoncia por maxilar: Hasta la suma de pesos cinco mil quinientos ($ 5.500,00).
Módulo de Bioseguridad: Se reconoce hasta uno por mes, por profesional y por afiliado, hasta la suma de pesos trescientos setenta y cinco ($375,00).
Placa Bruxismo: Hasta el mismo monto que el reconocido por el IOMA, por vía ordinaria previo control de la Auditoria Odontológica.
CONSULTAS.
Frenectomía: 100% de cobertura.
Fonoudiología: 100% de cobertura en Cínica Central.
SECCIÓN AUDITORÍA ODONTOLÓGICA
Implantes: Se reconoce hasta la suma de pesos seis mil doscientos cincuenta ($6.250,00) por pieza dentaria por única vez.
Honorarios Profesionales no adheridos a IOMA: Monto equivalente a los valores del nomenclador del IOMA, según los códigos homologados por vía ordinaria previo control de Auditoría Odontológica.
Ortodoncia reconocida por IOMA (hasta los quince años inclusive): Hasta el mismo porcentaje que IOMA por vía ordinaria previo control de Auditoría Odontológica.
Ortodoncia no reconocida por IOMA (mayores de quince años): Hasta la suma de pesos siete mil quinientos ($7.500,00).
Prácticas no contempladas en nomenclador de IOMA: Debe tramitarse previamente por vía de excepción ante el IOMA.
Con Cobertura de IOMA: Se reconoce por vía ordinaria, previo control de la Auditoría Odontológica.
Sin Cobertura del IOMA: Se tramita por vía de excepción.
Tomografía: Se reconoce el 50% de lo abonado por vía ordinaria previo control de la Auditoría Odontológica.
Cambio de Tornillos: se reconoce hasta la suma de pesos trescientos setenta y cinco ($ 375,00).
Fichado Odontológico: Se reconoce el 100% del gasto, según valores IOMA.
Fichado Prótesis mayores de 65 años: Se reconoce hasta dos cada 3 años, a razón de pesos ciento diecisiete ($117,00) cada una.
Cefalometría: Se reconoce un estudio al año, por vía ordinaria, previa auditoria odontológica y hasta la suma de pesos setecientos cincuenta ($ 750,00).
Ortodoncia Mayores de 15 años (No IOMA): Única vez, por vía ordinaria previo control de auditoría odontológica, hasta la suma de pesos siete mil quinientos ($ 7.500,00).
Práctica Odontológica no prestador de IOMA: Se reconoce según práctica y nomenclador del IOMA.
RX Odontológica: Se reconoce hasta un estudio al año, por vía ordinaria, previa auditoria odontológica, hasta la suma de pesos setecientos cincuenta ($750,00).
DIRECCIÓN DE TURISMO.
Hotel Polbaires I San Carlos de Bariloche: Tarifa por adulto por día por persona: pesos tres mil ($3.000,00) con desayuno. Tarifa menor (entre 4 y 17 años): pesos un mil quinientos ($1.500,00) con desayuno. Cama Adicional: pesos un mil ($1.000,00). Voucher de comida: pesos un mil seiscientos ($1.600,00). Tarifa desayuno por persona: pesos quinientos ($500,00).
Hotel Polbaires II Santa Teresita: Tarifa por adulto por día por persona: pesos dos mil ($2.000,00) con desayuno. Tarifa menor (entre 4 y 17 años): pesos un mil ($1.000,00) con desayuno. Voucher de comida: pesos un mil seiscientos ($1.600,00). Tarifa desayuno por persona: pesos cuatrocientos ($400,00).
Hotel Polbaires III Villa General Belgrano: Tarifa por adulto por día por persona: pesos tres mil ($3.000,00) con desayuno. Tarifa menor (entre 4 y 17 años): pesos un mil ($1.000,00) con desayuno. Cama Adicional: pesos un mil ($1.000,00). Voucher de comida: pesos un mil seiscientos ($1.600,00). Tarifa desayuno por persona: pesos cuatrocientos ($400,00).
Hotel Polbaires IV Mar del Plata: Tarifa por adulto por día por persona: pesos cinco mil ($5.000,00) con desayuno. Tarifa por habitación doble menores “misma reserva”, tres mil ($3.000,00) con desayuno. Tarifa tercer pasajero, tres mil ($3.000,00) misma reserva. Voucher de comida: pesos un mil seiscientos ($1.600,00). Tarifa desayuno por persona: pesos cuatrocientos ($400,00).
Hotel Polbaires V Cabañas Tandil: Tarifa por adulto por día por persona: pesos dos mil ($2.000,00) con desayuno. Cabaña 3 personas: seis mil ($6.000.00) por día con desayuno. Cabaña 4 personas, ocho mil ($8.000,00) por día con desayuno. Cabaña 5 personas, diez mil ($10.000,00) por día con desayuno. Cabaña 6 personas, doce mil ($12.000,00) por día con desayuno. Promoción hasta 2 pasajeros por día, por persona, dos mil ($ 2.000,00) Res. 577.2022. Excepto fines de semana largo y feriados para tarifa promocional. Voucher de comida: pesos un mil seiscientos ($1.600,00). Tarifa desayuno por persona: pesos cuatrocientos ($400,00).
Hotel Polbaires VI Pinamar: Tarifa por día por persona: pesos dos mil quinientos ($2.500,00) con desayuno. Departamento para 3 pasajeros, seis mil seiscientos ($6.600,00) por día con desayuno. Departamento para 4 pasajeros, nueve mil quinientos
($9.500,00) por día con desayuno. Departamento para 6 pasajeros, trece mil doscientos ($13.200,00) por día con desayuno. Departamento para 7 pasajeros, quince mil cuatrocientos ($15.400,00) por día con desayuno. Departamento para 8 pasajeros, diecisiete mil seiscientos ($17.600,00) por día con desayuno. Promoción hasta 3 pasajeros por día, por persona, dos mil quinientos ($ 2.500,00) Res. 577.2022. Excepto fines de semana largo y feriados para tarifa promocional. Voucher de comida: pesos un mil seiscientos ($1.600,00). Tarifa desayuno por persona: pesos cuatrocientos ($400,00).
Camping de Carhue (Adolfo Alsina): Estadia para afiliados sin costo, entrada adulto invitados: pesos trescientos ($300,00), entrada menores invitados: pesos ciento cincuenta ($150,00), cancha de futbol por persona: pesos ciento veinte ($120,00). Parcela de acampo por día: pesos trescientos cincuenta ($ 350,00).
Camping de Junín: Estadia para afiliados sin costo, entrada adulto invitados: pesos trescientos ($300,00), entrada menores invitados: pesos ciento cincuenta ($150,00), Salón de lunes a jueves: pesos cuatro mil ($4.000,00). Salón viernes, sabados y domingos: pesos seis mil cuatrocientos ($6.400,00).
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PROGRAMA DE CAPACITACION PROFESIONAL.
Jardín de Infantes Centenario Nº 1: La suma de pesos cinco mil quinientos ($ 5.500,00).
Jornada Extendida con Almuerzo: la suma de pesos seis mil quinientos ($6.500,00).
DIVISIÓN REINTEGROS.
Accesorio Ortopédico con cobertura del IOMA: hasta el mismo monto que el reconocido por el IOMA.
Aerocámara: Hasta la suma de pesos novecientos ($ 900,00).
Agujas: Hasta el mismo monto que el reconocido por el IOMA.
Almohadilla Térmica: Hasta la suma de pesos un mil ochenta ($ 1.080,00), una (1) cada cinco (5) años.
Almohadón de Siliconas Alquiler: Hasta la suma de pesos ochocientos diez ($ 810,00) por mes.
Análisis Clínicos no nomenclados: Hasta la suma de pesos un mil setecientos diez ($1.710,00).
Andador Alquiler: Hasta la suma de pesos quinientos cuarenta ($ 540,00) por tres (3) meses.
Anteojos: Hasta la suma de pesos cuatro mil quinientos ($ 4.500,00) por año.
Anteojos multifocales: Hasta la suma de pesos siete mil quinientos ($ 7.500,00) por año.
Audífono: Hasta el mismo monto que el reconocido por el IOMA.
Audiometría: Hasta la suma de pesos ciento quince ($ 115,00) para menores de 12 años, y la suma de pesos ciento cinco ($ 105,00) para mayores de 12 años.
Bastón canadiense alquiler: Hasta la suma de pesos cuatrocientos trece ($ 413,00) por mes.
Bono de Consulta Médica B o C: Reintegro del 100%, hasta 24 bonos por año. Bono de Consulta Médica B o C (Discapacitado): Reintegro del 100%, hasta 4 bonos por mes.
Enemas: Hasta la suma de pesos doscientos setenta ($ 270,00), hasta 4 por mes.
Escuela Especial: Se reconoce la diferencia no reconocida por el IOMA.
Espaldera: Hasta la suma de pesos trescientos setenta y cinco ($ 375,00) por año.
Estudio: Hasta el mismo monto que el reconocido por el IOMA.
Faja Elástica: Hasta la suma de pesos trescientos setenta y cinco ($ 375,00) por año.
Férulas: Hasta la suma de pesos un mil doscientos cuarenta y tres ($ 1.243,00) por año.
Fonoaudiología con prestador adherido al IOMA: (Valor copago).
Glucómetro: Hasta la suma de pesos setecientos cincuenta ($ 750,00) por única vez.
Higiene: Hasta la suma de pesos ciento cinco ($ 105,00) hasta 4 por mes.
Honorarios Médicos Anestesista: Hasta el mismo monto que el reconocido por el IOMA.
Honorarios Médicos Discapacitados: Hasta la suma de pesos dos mil cuatrocientos ochenta y cinco ($ 2.485,00) hasta 2 por mes.
Honorarios Médicos Oncológicos: Hasta la suma de pesos cuatro mil ($ 4.000,00) por mes.
Honorarios Médicos Profesional No Adherido: Hasta la suma de pesos un mil ochenta ($ 1.080,00), hasta 2 por mes.
Impedanciometría: Hasta la suma de pesos ciento veintidós ($ 122,00).
Inmovilizador de Brazo: Hasta la suma de pesos trescientos setenta y cinco ($ 375,00) por año.
Inmovilizador de Hombro: Hasta la suma de pesos trescientos setenta y cinco ($ 375,00) por año.
Inmovilizador de Muñeca: Hasta la suma de pesos trescientos setenta y cinco ($ 375,00) por año.
Inmovilizador de Rodilla: Hasta la suma de pesos trescientos setenta y cinco ($ 375,00) por año.
Inyecciones: Hasta la suma de pesos ciento cincuenta y cuatro ($154,00) cada una, 30 por año.
Kinesiología con cobertura del IOMA: Hasta el mismo monto que el reconcocido por el IOMA.
Kinesiología sin cobertura de IOMA: Hasta la suma de pesos quinientos veinticinco ($ 525,00), cada una, 10 sesiones por mes.
Lancetas: Hasta el mismo monto que el reconocido por el IOMA.
Laserterapia: Hasta la suma de pesos cuatrocientos cincuenta ($ 450,00) cada una, 10 por año.
Leche Maternizada: Hasta el mismo monto que el reconocido por el IOMA.
Ponchito Abductor (arnés de Paulik): Hasta la suma de pesos trescientos ($ 300,00) por año.
Practica Odontológica: Se reconoce el monto según práctica.
Prácticas Médicas para Oncología: Hasta la suma de pesos cuatro mil ($4.000,00) por mes.
Pruebas Supraliminares: Hasta la suma de pesos sesenta y tres ($ 63,00) según IOMA.
Psicoterapia con prestador adherido al IOMA: 100% del monto.
Psiquiatría con prestador adherido al IOMA: Se reconoce por vía de excepción.
Rehabilitación Cardiaca: Hasta la suma de pesos un mil quinientos treinta ($1.530,00) hasta 8 por mes.
Reparación o Reemplazo de Marcos de Anteojos: Hasta la suma de pesos un mil ochenta ($ 1.080,00) cada 2 años.
Rodilleras: Hasta la suma de pesos trescientos setenta y cincco ($ 375,00) por año.
Selección de Audífono (otoamplifono): Hasta la suma de pesos ciento noventa ($190,00) según IOMA.
Separador de dedos: Hasta la suma de pesos trescientos ($ 300,00) por año.
Silla de Ruedas Alquiler: Hasta la suma de pesos un mil ochenta ($ 1.080,00) por mes, hasta tres meses.
Sustancia de Contraste: Hasta la suma equivalente al 50% del gasto.
Talonera: Hasta la suma de pesos trescientos setenta y cinco ($ 375,00) por año.
Tensiómetro: Hasta la suma de pesos tres mil seiscientos ($ 3.600,00) cada 2 años y medio.
Timpanometría: Hasta la suma de pesos ciento veintidós ($ 122,00) según IOMA.
Tiras Reactivas: Monto no cubierto por el IOMA.
Tobilleras: Hasta la suma de pesos trescientos setenta y cinco ($ 375,00) por año.
Toma de Presión: Hasta la suma de pesos ciento sesenta y tres ($ 163,00), hasta 10 por mes.
Transporte Escolar: Se reconoce hasta el mismo monto que el IOMA.
Traslado en Ambulancia con IOMA: Hasta el mismo monto que el reconocido por el IOMA.
Trípode Alquiler: Hasta la suma de pesos cuatrocientos noventa y cinco ($ 495,00) por mes.
Vacuna Fiebre Amarilla: Hasta la suma equivalente al 50% del gasto.
Vacuna Fiebre Tifoidea: Hasta la suma equivalente al 50% del gasto.
Vacuna Antigripal: Hasta la suma equivalente al 100% para el titular en actividad, y la suma equivalente al 50% para el grupo familiar. Jubilados y Pensionados hasta la suma equivalente al 50%.
Vacuna Antitetánica: Hasta la suma equivalente al 50% del gasto.
Vacuna Cuádruple: Hasta la suma equivalente al 50% del gasto.
Vacuna Hepatitis: Hasta la suma equivalente al 50% del gasto.
Vacuna HPV: Hasta la suma equivalente al 100% del gasto, hasta los 25 años, hasta 4 en total.
Vacuna Infanrix: Hasta la suma equivalente al 50% del gasto.
Vacuna Meningitis: Hasta la suma equivalente al 50% del gasto.
Vacuna Neumonía: Hasta la suma equivalente al 50% del gasto, para el titular y la suma equivalente al 50% del gasto para el grupo familiar.
Vacuna Paludismo: Hasta la suma equivalente al 50% del gasto.
Vacuna Prevenar (Antineumocicica): Hasta la suma equivalente al 50% del gasto.
Vacuna Quíntuple: Hasta la suma equivalente al 50% del gasto.
Vacuna Rotavirus: Hasta la suma equivalente al 50% del gasto.
Vacuna Séxtuple: Hasta la suma equivalente al 50% del gasto.
Vacuna Varilix (varicela): Hasta la suma equivalente al 50% del gasto.
Vaporizador: Hasta la suma de peso un mil trescientos cincuenta ($ 1.350,00) cada 5 años.
Venda Elástica: Hasta la suma de pesos trescientos setenta y cinco ($375,00) por año.
Webermetria: Hasta la suma de pesos diecinueve ($ 19,00) según IOMA.
SECCIÓN SUBSIDIOS POR FALLECIMIENTO.
Subsidio por Fallecimiento Resol.243.2022 - 27.01.2022: Hasta la suma total depesos trescientos ochenta y tres mil novecientos sesenta y cinco con 40/100 ($ 383.965,40). Subsidio por Fallecimiento de Cónyuge: Se liquida al titular por el total del Subsidio. Sólo se admite desdoblar el importe en dos pagos, siendo el primero Pago al Prestador;
Subsidio por Fallecimiento de Conviviente: Se liquida al titular por el monto total del Subsidio, con la documentación que avale tal condición.
Subsidio por Fallecimiento de Hijo: Se liquida al titular por el total del Subsidio. Sólo se admite desdoblar el importe en dos pagos, siendo el primero Pago al Prestador.
Reintegro por gastos de Sepelio: Se liquida el importe total de la factura.
Reintegro por Cremación: Se liquida el importe total de la factura.
Traslado: Se liquida el importe total de la factura, por la diferencia de kilómetros recorridos, cuando excede lo cubierto por el reintegro.
Sepelio pago al Prestador: Se abona según lo establecido por cada prestadora hasta un máximo de pesos ochenta mil ($80.000,00) por Convenio vigente.
Cremación Pago al Prestador: Se reconoce hasta la suma de pesos veinte mil ($20.000,00) por Convenio Vigente.
Traslado Pago al Prestador: Comprende los traslados que exceden los 60km estipulados en el Convenio.
Nasciturus Pago al Prestador (Incluye menores de 1 año): Se abona hasta el 50% del total convenido con la empresa prestadora.
Luto: Comprende la diferencia de gastos de sepelio. Se abona en partes iguales a los beneficiarios según corresponda;
Fallecimiento de Hijo (Nasciturus): Se abona el 50% del total del Subsidio al momento de la defunción fetal ( a partir de la semana 24 o 6° mes de gestación) al progenitor que presente el beneficio.
Fallecimiento de Padre o Madre a cargo: Se abona el 50% del total del Subsidio vigente al momento del deceso.
Fallecimiento de Menores a Cargo: Se abona el total del Subsidio vigente al momento del deceso.
SECCIÓN PROTECCION FAMILIAR.
Subsidio de Ayuda Económica Resol. 241.2016 ayuda inmediata al herido o fallecido en acto de servicio: Se otorga la suma de pesos veinte mil ($ 20.000,00) al herido y la suma de pesos treinta ($ 30.000,00) al fallecido
Subsidio de Ayuda Escolar Resol. 12200.2010: Se abona a los heridos o fallecidos en Acto de Servicio que no perciban la Beca que otorga el Ministerio. Se otorga la suma de pesos un mil setecientos cincuenta ($1.750,00) por mes, por cada hijo, a excepción del mes de Marzo que se abona la suma de pesos tres mil quinientos ($ 3000,00).
Provisión de Canastas Navideñas Resol.14909.2011: Se otorga al personal herido en acto de servicio que aún no perciba el subsidio de Ley 13.985 art. 1° que otorga el Ministerio.
Provisión Kit escolar resol. 1779.2019: Se otorga a los hijos de Heridos en Acto de Servicio en edad escolar.
SECCIÓN ASISTENCIA SOCIAL.
Subsidio por Siniestro Resol.907.2007, 4934.2013, 1908.2020: Se otorga por única vez a aquellos que habiten la vivienda dañada. El mismo puede otorgarse como siniestro total hasta la suma de pesos ochenta mil ($80.000,00) o parcial, hasta la suma de pesos cuarenta mil ($40.000,00) y una Ayuda Económica por Siniestro de hasta la suma de pesos treinta mil ($30.000,00) quedando sujeta al criterio del Honorable Consejo Ejecutivo. Así mismo se contempla un complemento de prestación asistencial de acuerdo a evaluación del hecho acaecido.
Subsidio por Ayuda Económica Resol. 4200.2017: Se otorga a favor de todos aquellos que se encuentren atravesando una difícil situación económica, por no poder solventar las necesidades básicas propias y de su grupo familiar. El mismo será evaluado en forma excepcional por el Honorable Consejo Ejecutivo. Consiste en 3 cuotas de ($15.000,00) por única vez o en tres cuotas de pesos quince mil ($15.000,00) cada una. Alojamiento por Salud. Resol 7687.2016: Destinado a aquellos afiliados o familiar a cargo que por razones de salud deban realizar tratamiento fuera de su lugar de residencia. El mismo consiste en otorgar 10 días al año (de hasta $4.000,00 por día) renovable por 10 días más ($2.000,00 por día). No serán acumulables para otros años.
El otorgamiento estará sujeto a la evaluación de la División Auditoría Médica.
DIVISIÓN AUDITORIA MÉDICA.
Alimento para Celiacos: Disposición. Hasta la suma de pesos un mil novecientos cincuenta ($1.950,00) por mes.
Audífonos (con cobertura del IOMA): Disposición. Hasta el mismo monto que el reconocido por el IOMA.
Auxiliar de Enfermería (con cobertura del IOMA): Disposición. Hasta el mismo monto que el reconocido por el IOMA.
Calibración de Implante coclear: Disposición. Hasta 2 pares por año, a razón de pesos tres mil doscientos cuarenta ($ 3.240,00) cada uno.
Cirugía Eximer Laser (por ojo): Disposición. Hasta la suma de pesos doce mil cuatrocientos veinte ($ 12.420,00) cada ojo.
Combustible y Peaje: Resolución por vía de excepción sin monto establecido.
Consulta con Licenciado en Nutrición: Hasta la suma de pesos seiscientos treinta($ 630,00) cada una, hasta 2 consultas por mes.
Cuidador Domiciliario: Hasta la suma de pesos sesenta ($ 60,00) cada hora, de acuerdo a Resolución 3195/21.
Ecografía no cubierto por IOMA (desde 3ra anual): Disposición. Hasta la suma de pesos un mil ochenta ($ 1.080,00).
Elemento Ortopédico (Oncológico sin IOMA): Hasta la suma de pesos veinte mil ($20.000,00) por año.
Enfermería Domiciliaria (con cobertura de IOMA): Disposición. Hasta el mismo monto que el reconocido por el IOMA.
Estudio, Prácticas y Accesorios (con cobertura de IOMA): Disposición. Hasta el mismo monto que el reconocido por el IOMA, hasta el tope de pesos veinte mil ($20.000,00).
Por vía inmediata, hasta el tope de pesos diez mil ($10.000,00).
Fórmulas Magistrales (Monodrogas inc.FTP IOMA): Disposición. Hasta la suma de pesos tres mil ($ 3.000,00) por mes , hasta el 30% del monto facturado, con un tope de pesos tres mil ($3.000,00)
Geriatría (con cobertura del IOMA: MOd. AGD/BGD): Hasta el mismo monto que el reconocido por el IOMA, por Disposición, hasta la suma de pesos veinte mil ($20.000,00) por mes, monto mayor por Resolución del Consejo.
Hogar AGD/BGD: Disposición. Se reconoce la diferencia entre el monto cubierto por IOMA a los convenidos y estipulado para No contenidos.
Gimnasia Correctiva: Disposición. Hasta la suma de pesos un mil quinientos treinta ($1.530,00) por mes.
Gimnasia Correctiva (Discapacidad): Disposición. Hasta la suma de pesos un mil novecientos ochenta ($ 1.980,00) por mes.
Hidroterapia: Disposición. Hasta la suma de pesos un mil quinientos treinta ($ 1.530,00) por mes.
Hidroterapia (Discapacidad): Disposición. Hasta la suma de pesos un mil novecientos ochenta ($ 1.980,00) por mes.
Kit Anticerum: Hasta la suma de pesos trescientos noventa y siete ($ 397,00);
Limpieza y Lubricación de Audífonos: Hasta la suma de pesos un mil setecientos cincuenta ($1.750,00) por Disposición, hasta 2 por año.
Medicamento Fuera de IOMA (Menores de 55 años): Se reconoce el 50 % del gasto (hasta la suma de pesos diez mil ($10.000,00), tope total por mes inclusive con IOMA y uso normatizado inmediato).
Medicamentos Fuera del IOMA (entre 55 y 64 años): Se reconoce el 100% del gasto (hasta la suma de pesos doce mil ($12.000,00) tope total por mes inclusive con IOMA, uso normatizado inmediato y descuento en farmacias).
Medicamentos Fuera del IOMA (mayores de 65 años): Se reconoce el 100% del gasto (hasta la suma de pesos quince mil ($15.000,00) tope total por mes inclusive con IOMA, uso normatizado inmediato y descuento en farmacias).
Moldes Siliconados para Audífonos: Hasta la suma de pesos un mil novecientos ochenta ($1.980,00), por Disposición.
Monitoreo Cardiológico Intraoperatorio: Hasta la suma de pesos un mil cuatrocientos cuarenta ($ 1.440,00).
Pilas para Implante Coclear o Audífonos: Hasta seis mensuales a pesos noventa ($ 90,00) cada uno.
Podología: Hasta la suma de pesos seiscientos ochenta y cinco ($ 685,00) cada una,
hasta cuatro prácticas por año.
Prácticas Médicas (quirúrgicas o no quirúrgicas): Se reconcoe el Valor Homologado al IOMA (corresponde a no nomencladas, prestadores no IOMA y arancel libre).
Rehabilitación Cardíaca (no efectuada por médico): Hasta la suma de pesos un mil quinientos treinta ($1.530,00).
Reparación de Audífonos (por año): Hasta la suma de pesos tres mil ($ 3.000,00)
Traslado en ambulancia (con cobertura del IOMA): Hasta el mismo monto que el
reconocido por el IOMA.
Vacuna HPV (mayores de 26 años): Se reconoce el 50% del gasto.
Elemento Ortopédico Oncológico: Sin IOMA previa vía de excepción. Resolución Nº 2157/19, por año veinte mil ($20.000,00).
RESOLUCIÓN Nº 787.2022
Se comunica a nuestros beneficiarios que la Delegación que posee este Organismo en la localidad de San Pedro estará cerrada en el dia de la fecha.
De acuerdo al cronograma oficial de la Tesorería General de la Provincia, el pago del mes de Abril 2022 para los beneficiarios de la Caja de Policía será el 3 de Mayo.
Se informa que el aumento de la escala del 01/03/2022 se abonará con los haberes de este mes de ABRIL/2022.
La diferencia en los recibos de haberes se verá reflejada en los Códigos:
El concepto 15.16 será abonado por única vez con los haberes de mención.
Se recuerda a nuestros beneficiarios que pueden suscribirse a CAJAONLINE para acceder a su recibo de haberes, consultar su préstamo y recibir las novedades de la Caja a través del correo electrónico que Ud. registre.
Ingrese a https://www.cajapolicia.gob.ar/caja-online/formulario-de-activacion
El Directorio de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires, lleva a conocimiento del personal y beneficiarios, la nueva escala de préstamos a partir del 02 de Mayo de 2022. Asimismo, se han autorizado y habilitado los sistemas para generar las solicitudes con la nueva escala con anterioridad a su entrada en vigencia.
Se recuerda que para solicitar “renovación” se deberá tener la mitad de las cuotas pagas del vigente y contar con capacidad financiera en razón de no poderse afectar más del 30% del salario, tomándose exclusivamente el mismo, sin contabilizarse “horas cores”, “adicionales” y/o bonificaciones no remunerativas.
Recuerde que ahora Ud. debe confeccionar la Solicitud en https://www.cajapolicia.gob.ar/solicitud-web-de-prestamos.
Ante cualquier duda, consulte Requisitos y preguntas fecuentes
Jerarquía |
Capital Inicial |
48 Cuotas |
Oficiales |
||
Comisario General/Superintendente | $ 420.000,00 | $ 12.950,00 |
Comisario Mayor/Comisionado | $ 390.000,00 | $ 12.025,00 |
Comisario Inspector | $ 340.000,00 | $ 10.483,33 |
Comisario | $ 320.000,00 | $ 9.866,67 |
Subcomisario | $ 290.000,00 | $ 8.941,67 |
Oficial Principal | $ 270.000,00 | $ 8.325,00 |
Oficial Inspector | $ 260.000,00 | $ 8.016,67 |
Oficial Subinspector | $ 240.000,00 | $ 7.400,00 |
Oficial Ayudante | $ 230.000,00 | $ 7.091,67 |
Oficial Subayudante | $ 220.000,00 | $ 6.783,33 |
Suboficiales |
||
Mayor | $ 320.000,00 | $ 9.866,67 |
Capitán | $ 290.000,00 | $ 8.941,67 |
Teniente Primero | $ 270.000,00 | $ 8.325,00 |
Teniente | $ 260.000,00 | $ 8.016,67 |
Subteniente | $ 240.000,00 | $ 7.400,00 |
Sargento | $ 230.000,00 | $ 7.091,67 |
Oficial | $ 220.000,00 | $ 6.783,33 |